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Poder Judicial Federal le corrige la plana (Columna Política «Bajo la Lupa»)

*AUDITOR SUPERIOR GANA ROUND AL CONGRESO.
*PODER JUDICIAL FEDERAL LE CORRIGE LA PLANA.
*JUCOPO USURPA AL PLENO Y ABROGA DECRETOS.
*CREA FIGURAS INEXISTENTES EN LA LEY
Columna Política «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (06-XII-2023).- Una y otra vez, en esta columna advertimos a los legisladores integrantes de congreso del estado, que las formas procedimientos para sacar de la titularidad de la auditoria superior de Michoacán a MIGUEL ANGEL AGUIRRE ABELLANEDA no eran los correctos jurídicamente hablando y que, de continuar con esos irregulares procedimientos, tarde o temprano, el poder judicial federal les iba a corregir la plana por enésima ocasión.

Pues bien, no hay fecha ni plazo que no se cumpla y parafraseando el famoso dicho popular, pues llegó la fecha en que se cumplió la advertencia, pues el pasado Uno de Diciembre, la Juez Cuarto de Distrito KATIA ORÓZCO ALFARO dictó sentencia dentro del juicio incidental promovido por MIGUEL ANGEL AGUIRRE ABELLANEDA, declarando “procedente y fundado el incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva promovido por el quejoso”.
Y es que, recuerde usted, a finales del mes de mayo en que el pleno del congreso votó y aprobó por mayoría de los 36 diputados presentes en la sesión extraordinaria, remover de su cargo al auditor superior de Michoacán, bajo una serie de acusaciones hechas por la diputada SEYRA ANAHÍ ALEMÁN SIERRA, remoción que se cristalizó mediante la publicación del decreto legislativo número 396 publicado en el periódico oficial del gobierno del estado el 25 de mayo de 2023.
Sin embargo, previo a la celebración de la sesión antes mencionada, la autoridad judicial federal, concedió a MIGUEL ANGEL AGUIRRE ABELLANEDA una suspensión provisional, para efectos de que el congreso del estado no celebrara la sesión aludida, en virtud de que no concedió a AGUIRRE ABELLANEDA el tiempo necesario para preparar su defensa, suspensión que el congreso no quiso recibir en vía de notificación.
Como los operadores del congreso y el gobernador se dieron cuenta que la remoción del auditor superior aprobada sin respetar la suspensión provisional decretada y días después concedida como definitiva, estaba sostenida con alfileres, el jefe del ejecutivo dio la orden de que se instrumentara el juicio político contra AGUIRRE ABELLANEDA, por lo que sus diputados operadores cumplieron la orden en asociación con la secretaria de la contraloría estatal.
Así las cosas, la secretaria de la contraloría AZUCENA MARÍN CORREA presentó la solicitud de juicio político en contra del auditor superior, la que fue aprobada por el pleno y turnada a la comisión instructora del congreso, la que dictaminó el “ha lugar”, de manera que la comisión instructora se avocó al efecto y dictaminó cesar de sus funciones al auditor superior e inhabilitarlo por 10 años para ocupar cargos públicos, dictamen aprobado por el pleno.
Consumado el juicio político al ser aprobado por el pleno de los diputados, se ordenó la publicación en el periódico oficial del gobierno estatal el decreto legislativo número 448 de fecha 1 de septiembre de 2023, en el que se decretan las sanciones impuestas a MIGUEL ANGEL AGUIRRE ABELLANEDA, las que contemplan su destitución e inhabilitación por 10 años para ocupar cargos públicos.
Ya con dos decretos, el 396 y 448 en los que decreta la destitución y/o cese del cargo de MIGUEL ANGEL AGUIRRE ABELLANEDA como auditor superior de Michoacán, el gobernador del estado “ordenó” a los diputados que citaran a sesión en la que deberían elegir a MARCO ANTONIO BRAVO PANTOJA como titular de la auditoria superior de Michoacán por siete años a partir de la fecha en que tomara protesta de ley.
Sin embargo, la elección y toma de protesta de MARCO ANTONIO BRAVO PANTOJA, formalizada mediante el decreto legislativo número 461, emanó de lo aprobado por el pleno y plasmado en el decreto legislativo número 396, donde se ordena dar tramite al proceso de elección del nuevo auditor superior, incluida la publicación de la convocatoria respectiva, la evaluación de los aspirantes y la elaboración de las evaluaciones por instituciones de educación superior.
En ese contexto, fue que el congreso del estado y sus 40 diputados que lo integran, al elegir a MARCO ANTONIO BRAVO PANTOJA como nuevo Auditor Superior de Michoacán, incumplieron de plano los términos de la suspensión definitiva otorgada por el poder judicial federal, pues si bien es cierto que podían desarrollar todo el proceso de elección del nuevo auditor, también lo es que la citada suspensión estableció que no lo podían elegir y menos tomarle protesta.
A consecuencia de lo anterior, MIGUEL ANGEL AGUIRRE ABELLANEDA promovió ante la juez cuarto de distrito con ejercicio en el estado, un incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva, incidente que fue resuelto en sentencia el pasado Uno de Diciembre por la citada juez, quien como ya se apuntó en el inicio de esta columna, anuló los efectos del decreto legislativo número 461.
Fue así, que, este lunes 4 de diciembre de 2023, se publicó la sentencia en primera instancia del incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva, mismo que fue notificado al congreso del estado y en el que se le hace saber que deberá dejar sin efectos el decreto legislativo número 461 y, por lo tanto, dejar sin efectos la designación de MARCO ANTONIO BRAVO PANTOJA y restablecer las cosas como estaban hasta antes de la toma de protesta del nuevo auditor superior.
¿Y cuáles eran esas circunstancias hasta “antes de la designación y/o elección del nuevo auditor superior”? Pues hasta el momento en que la comisión inspectora de la auditoria superior del congreso firmó y turnó al pleno del congreso, el dictamen que contenía la terna de la cual el pleno debería elegir a uno para que ocupara la titularidad de la auditoria superior de Michoacán, actos para los cuales la juzgadora les otorgó 24 horas para su ejecución.
Pues, aunque usted no lo crea, a los asesores jurídicos y los diputados operadores del gobernador del estado, se les ocurrió que, en virtud de que la juez de distrito les dio 24 horas para dejar sin efectos lo dispuesto en el decreto legislativo 461y que la ley orgánica y de procedimientos del congreso mandata 24 horas de anticipación para convocar a una sesión, lo que ya no era posible, decidieron que la Junta de Coordinación Política resolviera el entuerto.
¿Y cómo resolvió el asunto la Junta de Coordinación Política? Jajajajajaja, pues muy fácil. Se reunieron y tomaron el acuerdo de dejar sin efectos el decreto legislativo 461 y ordenaron publicar en el periódico oficial dicho acuerdo, a más de notificárselo a la juez de distrito, dando con ello, cumplimiento a la sentencia de la suspensión definitiva por ella dictada.
¡No jalen que descobijan señores diputados! ¿De dónde cabrones sacan que la Junta de Coordinación Política, puede sustituir al pleno de los diputados y arrogarse la facultad de derogar un decreto legislativo, designar a un auditor provisional -figura que no existe en la ley- y dar por cumplida la sentencia ya referida? ¡Todo un catálogo de violaciones a la ley!
Primero, se arrogan una facultad que no les otorga la ley como Junta de Coordinación Política, segundo, usurpan funciones y facultades del pleno de los diputados, tercero, consecuencia de lo anterior, designan ilegalmente a un “auditor interino” figura que no existe en la ley, pues el señor MARCO ANTONIO BRAVO PANTOJA no puede ya, ser designado auditor por haber renunciado a su cargo de auditor especial de normatividad.
Recordemos, la suspensión definitiva otorgada por la autoridad judicial federal, consistió en dejar las cosas hasta antes de la elección del nuevo auditor por el pleno del congreso, solo que hasta ese momento, MARCO ANTONIO BRAVO ya debió haber renunciado a su calidad de auditor especial de normatividad, pues era una condición sine qua non, para ser electo auditor superior, de manera que, para volver a serlo, el congreso tiene que nombrarlo nuevamente , cosa que no ha sucedido y por lo tanto, no puede ser “auditor interino”.
Finalmente, de este tema hay mucho que hablar y que escribir, empero, en esta entrega solo hacemos la reflexión de la urgente necesidad de que haya alguien quien ponga orden al interior del congreso, pues ya es intolerable la reiterada conducta de algunos legisladores en incurrir en violaciones a los diversos cuerpos de leyes, siendo hasta el momento, el poder judicial federal la única instancia que tenemos los ciudadanos para detener a estos vándalos legislativos.

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