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Se aprobará propuesta de Belinda Iturbide para castigar hasta con dos años de cárcel a hostigadores y acosadores sexuales

Morelia, Mich., 14 de febrero del 2017.- Con la finalidad de sancionar y castigar hasta con dos años de prisión a los hostigadores y acosadores sexuales, se aprobará por el pleno de la LXXIII Legislatura Local el dictamen de la iniciativa presentada por la diputada Belinda Iturbide Díaz, a través de la cual se reforma el artículo 169 y se adiciona un artículo 169 bis del Código Penal para el Estado.

La Diputada local integrante del Grupo Parlamentario del PRD, expuso que el hostigamiento y acoso sexual son conductas que se manifiestan principalmente en ámbitos en donde pueden establecerse relaciones jerárquicas o de poder abusivas o discriminatorias, como el escolar y el laboral.

“No obstante que ambas conductas pueden darse en ambos sexos, no es ajeno que en la mayoría de los casos, el número de mujeres víctimas de hostigamiento y acoso sexual es mayor que el de hombres, lo que contribuye a considerar que su manifestación es la expresión de una cultura en la que se han normalizado la violencia y discriminación sustentada en los estereotipos y roles de género, y en la existencia de roles desiguales de poder entre mujeres y hombres”.

Por lo anterior, propuso cambiar la denominación reformar el Código Penal de nuestro Estado, para incluir el acoso sexual, así́ como modificar el artículo 169 y adicionar el artículo 169 bis, de dicho ordenamiento jurídico, esto con la finalidad que de ambas conductas sean tipificadas.

“Si bien es cierto que se pueden pensar que son sinónimos, no es así́, ya que el hostigamiento sexual se da de una manera vertical y se ejerce de parte de un superior jerárquico que utiliza su posición o cargo para obtener alguna satisfacción a través de ofrecimientos o amenazas relacionadas con la situación de la persona subalterna, es una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor”.

La Diputada por el Distrito de Puruándiro, expuso que “el acoso sexual se suscita en diferentes espacios, como la escuela, los clubes, la familia, transporte público, en los trabajos, reuniones sociales, etc. Y opera de manera horizontal entre personas de jerarquías homologas. Si no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima independientemente de que se realice en uno o en varios eventos”.

Lo grave además es que las víctimas de estos actos se ven dañadas en su autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad e impide su desarrollo y se atenta contra la igualdad. Por lo que es necesario establecer las políticas públicas que garanticen el derecho de las personas a una vida libre de violencia, “es nuestra obligación como legisladores fortalecer el marco jurídico, para asegurar la sanción a quienes hostigan y acosan sexualmente, promover y difundir en la sociedad que estas conductas son delitos, es importante diseñar programas que brinden servicios reductivos integrales para víctimas y agresores”.

Por lo anterior, celebró que la Comisión de Justicia ya dictaminará la iniciativa que presentó y que este miércoles se someterá al pleno, dictamen en el que se avala el imponer penas de seis meses a dos años de prisión o de treinta a ciento veinte veces el valor diario de la unidad de medida y actualización; a quien valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier otra clase que implique subordinación, solicite a otra persona de forma reiterada para sí o para un tercero, cualquier tipo de acto de naturaleza sexual.

Además si el sujeto activo fuera servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el cargo proporciona, además de la pena señalada, será destituido del cargo. Cabe señalar que este delito se perseguirá por querella.

Asimismo, se estableció que se impondrán de seis meses a un año de prisión o de treinta a ciento veinte veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, a quien en beneficio suyo o de un tercero persiga, asedie física o verbalmente a persona de cualquier sexo, con fines sexuales no consentidos a otra persona.

En ese sentido, cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, discapacidad o situación, se impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cuarenta a ciento ochenta veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

Tanto el hostigamiento como el acoso sexual, resaltó Belinda Iturbide, se perseguirán por querella y quienes comentan dichos delitos podrán alcanzar penas hasta de dos años.

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