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Fausto y su Tribunal Especial

Por Víctor Ardura.-

Bien. Es preciso comenzar por el inicio, por el inevitable había una vez. Y sí, había una vez un gobernador que creo contraviniendo la Constitución local y federal, un Consejo Ciudadano que analizaría la situación de la deuda en la entidad. Y dicho Consejo Ciudadano, integrado por gente distinguida y conocedora de las leyes, (Supongo), aceptó formar parte de este órgano y admitir además que los resultados de una auditoría externa que analizarán en qué situación se encuentra la deuda heredada por la anterior administración.

Y había también una vez medios de comunicación que no se han detenido a reflexionar por un momento la grave violación a las leyes que comete el Gobierno de Vallejo Figueroa. Empecemos pues, en loor de la información y la transparencia.

De entrada, la creación del Consejo Ciudadano que auditará la deuda pública es inconstitucional, pero además demuestra que existe un conflicto entre el Ejecutivo estatal y la Constitución. De entrada ahí estamos mal.

El articulo 134 fracción I de la Constitución Del Estado de Michoacán establece que le corresponde exclusivamente a la Auditoria Superior del Estado la fiscalización de la deuda. Vamos a recordar qué dice:

«Articulo 134. La Auditoria Superior de Michoacán tendrá a su cargo: (…) I. Fiscalizar los ingresos, egresos, patrimonio, deuda y el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de las entidades a que se refiere el artículo anterior, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas, subprogramas, obras y acciones; (…)»

No nos hagamos bolas, entonces: esta disposición constitucional claramente señala de quien es la atribución de fiscalizar deudas, por lo que el hecho de que el Ejecutivo del Estado a través de la auditoría externa que contrató para fiscalizar la deuda es inconstitucional e invade la esfera y atribuciones que le corresponden al Poder Legislativo y la Auditoria Superior del Estado.

Más claro ni el agua. Pero por si fuera poco, y aún admintiendo o dándole carta de naturaleza a tal ilegalidad, el Gobernador Vallejo Figueroa en el Decreto de creación del Consejo Ciudadano para transparentar la deuda pública, señala que la Ley de Transparencia del Estado establece que las auditorias deben ser publicas para transparentar la actuación. Pero no fue así.

El Ejecutivo del Estado no transparenta cual fue el procedimiento legal o de licitación para la contratación del auditor externo, de a cómo fue el costo del contrato, ni cual es su objeto, lo que evidencia que la transparencia no es una virtud del gobierno de Fausto Vallejo.

Leo y releo el Decreto de creación del Consejo Ciudadano y no encuentro el fundamento jurídico para la creación. Como si ello no bastara la Ley de Participación Ciudadana que aprobó la anterior legislatura no contempla esa figura, lo que demuestra que el Ejecutivo se está excediendo de sus funciones y atribuciones legales, mismas que están establecidas en la propia Constitución del Estado.

Atendamos del famoso Decreto de creación del Consejo Ciudadano. Leamos lo que dice el artículo segundo fracción II. Le otorga al Consejo la facultad de poder emitir manifestaciones que es lo mismo que decir resoluciones resoluciones sobre el resultado de la auditoria, lo cual se traduciría en un juicio sumarísimo contra los funcionarios de la administración pasada. Esto como es obvio violaría diversas garantías individuales. Veamos cuales:

A.- Garantía de audiencia y del debido proceso establecido en los artículos 14 y 16 de la Constitución Mexicana, en virtud de que no se les está otorgando el derecho a ser oídos dentro de la auditoria, ni presentar información, pruebas o disipar dudas que tenga el auditor, por lo que las manifestaciones o resoluciones del Consejo se harán sin ningún sustento legal por no existir un procedimiento legalmente establecido.

B.- Se violenta el artículo 13 de la Constitución Mexicana, en virtud de que el Ejecutivo estatal con la creación del Consejo Ciudadano y al otorgarle indebidamente la facultad de hacer manifestaciones o emitir resoluciones sobre el resultado de la auditoria, está creando de facto un Tribunal Especial para emitir resoluciones que no existen en ninguna ley, y que el Decreto en sí mismo es una norma privativa, y ambas situaciones están prohibidas por la disposición legal existente.

Como se observa este aparentemente inofensivo Consejo Ciudadano, el Decreto de su creación, su publicación en el Periódico Oficial, la contratación de auditores externos et al no es más que la naturalización de graves violaciones a las leyes vigentes. De ahí la pertinencia de que funcionarios de la anterior administración hayan acudido al amparo Federal. Es necesario que un Tribunal en materia constitucional se pronuncie al respecto. Y es que hay materia de análisis y de resolución: las graves transgresiones a las Constituciones Federal y local por parte del Ejecutivo estatal demuestran el conflicto que tiene con la Constitución. En el Consejo Ciudadano encontramos los nombres de varios ciudadanos, insisto, conocedores de nuestras leyes. Nada más para citar un caso: ¿El asesor jurídico del Rector Salvador Jara Guerrero le habrá hablado sobre la gravedad de este paso, de que existan tribunales especiales y lo mismo los tres rectores o los dos directores de tecnológicos, o, el colmo, la Presidenta del Colegio de Abogados, Martha Camarena Reyes? Malo si no lo saben, peor que sabiéndolo se presten al juego…

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