Inicio / Mi Villano Favorito / Poncho no paga su predial (Columna «Bajo la Lupa»)

Poncho no paga su predial (Columna «Bajo la Lupa»)

Columna «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (12-V-17)

PONCHO NO PAGA SU PREDIAL

Pero no solo PONCHO MARTÍNEZ ALCÁZAR no es buen ciudadano que cumpla con sus obligaciones cívicas como el pagar sus impuestos al municipio de Morelia, sino que también administrativamente su segundo de abordo, el secretario del ayuntamiento JESÚS ÁVALOS PLATA quien “cojea de la misma pata” que su jefe el presidente municipal, tampoco cumple con esas obligaciones.
Para demostrar lo afirmado por este escribidor, mostraré una foto de los recibos que las instituciones bancarias expiden para que previamente impresas, se puedan pagar en las sucursales bancarias.
En primera instancia, el recibo que corresponde a la dirección Blvd. García de León Nº1686 en la Colonia Nueva Chapultepec de esta ciudad, con clave predial número 101-1-32353, propiedad cuyo último avalúo es del año 2014 (¿casualidad?) que le otorga un valor catastral a dicho predio de $779,953.07, del propio formato de recibo se desprende que ALFOSNO MARTÍNEZ ALCAZAR no pagó el impuesto predial correspondiente al año 2016, por lo que tiene un adeudo de $3,314.53 rezago incluido, cantidad a la que habrá que sumarle el pago correspondiente a dicho impuesto para el años 2017, con un importe de $2,625.47, lo que arroja un adeudo total de $5,940.00, impuesto que no ha sido pagado por al causante ALFONSO MARTÍNEZ ALCÁZAR hasta el 10 de mayo del 2017, fecha de impresión de tal recibo.
Igual sucede con el predio con domicilio en Bosque de Castaños número 99 del Conjunto Habitacional Bosques Tres Marías, propiedad de ALFONSO MARTÍNEZ ALCÁZAR cuyo número de clave predial es 101-1-20588, el que tiene como último avalúo del año 2017 con un valor de $4’410,389.00 por lo que tendrá que pagar la cantidad de $3,905.00 por concepto de impuesto predial.

 

 

 

 

 

 

 

 

CHUCHO ÁVALOS, IGUAL

En efecto, el señor secretario del ayuntamiento de Morelia JESÚS ÁVALOS PLATA al igual que su jefe PONCHO MARTÍNEZ, tampoco paga como la ley lo marca, el impuesto predial de sus propiedades como se desprende del recibo bancario impreso el 11 de mayo del 2017, que corresponde para el pago de la propiedad de JESÚS ÁVALOS Y SOC, con número de clave predial 101-1-59543, al que se le practicó el último avalúo en el presente año 2017 que le otorga un valor catastral por la cantidad de $$1’641,612.00 y por lo tanto le corresponde pagar la cantidad de $1,350.00 por concepto de impuesto predial para el 2017.

 

 

 

 

FALTA DE CALIDAD MORAL

Así es, este escribidor y usted estimado lector, se preguntará ¿Con qué calidad moral, el presidente municipal y sus funcionarios, le piden a los ciudadanos morelianos que cumplan con sus obligaciones impositivas, cuando ellos que deben poner el ejemplo no lo hacen?

RECONOCE PROCURADOR INEFICIENCIA DE LA PGJE

En la reunión celebrada esta semana en el Palacio Legislativo, entre funcionarios del gobierno estatal encabezados por el secretario de gobierno ADIAN LÓPEZ SOLIS y las diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad de Género, que preside la SOCORRO QUINTANA, se dio intervención al procurador general de justicia del estado, quien de facto, reconoció la ineficiencia de la procuraduría a su cargo, en el combate a los homicidios de mujeres, pero fundamentalmente, un brutal ineficiencia en la persecución de los responsables de esos homicidios.
Ante diputadas y diputados presentes en la reunión, JOSÉ MARTÍN GODOY CASTRO señaló que solo el 20% de los homicidios de mujeres, se han logrado “judicializar”, lo que quiere decir en palabra llanas, que de cada 10 homicidios de mujeres en Michoacán, solo logran aprehender y hacer comparecer ante un juez, a 2 de los responsables.
Más delante, complementó la grave información de que hay otro 20% en los que la autoridad persecutora de estos homicidios, sabe quiénes son los responsables y las motivaciones o móviles que los orillaron a cometer tales crímenes, empero, dijo que no los han podido capturar.
Pero lo que no dejó duda de la incapacidad e ineficiencia de la procuraduría general de justicia del estado, fue cuando señaló, bueno hasta presumió, que del personal entre agentes del ministerio público y agentes ministeriales de investigación con que cuenta esa dependencia, ¡EL 50% ESTÁN DESTINADOS A INVESTIGAR LOS HOMICIDIOS DE MUJERES!, aunque precisó, los homicidios de mujeres solo representan el 10% de los homicidios totales que se cometen en el estado. ¡Zas!
Es decir, ni dedicando el 50% de la fuerza investigadora con que cuenta la procuraduría general de justicia del estado, se logra resolver el 10% de los homicidios que se cometen en Michoacán. Así de graves son las declaraciones del procurador JOSÉ MARTÍN GODOY CASTRO ante los diputados de la 73 legislatura. ¿Sabrá lo anterior el gobernador SILVANO AUREOLES CONEJO?

NO CAMINA LA REFORMA AMINISTRATIVA

Hablando de ineficiencia, el equipo cercano al gobernador SILVANO AUREOLES, responsable de diseñar y elaborar la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, está demostrando una enorme ineficiencia, pues solo se ha limitado a redactar dicha iniciativa y a entregarla a los diputados, pero resulta que en su diseño, adolece de muchísimas deficiencias que los diputados encargados de analizarla y dictaminarla, han notificado al titular del ejecutivo, sin embargo, es fecha que no se ha presentado el “alcance” que deberá resolver esas deficiencias.
Entre las deficiencias de que se quejan los diputados de la 73 legislatura, es que en el documento enviado como “iniciativa”, no se establecen las estimaciones de la reasignación programática y presupuestaria que impactarán el Decreto Legislativo número 337, que contiene el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Michoacán para el ejercicio fiscal 2017, con motivo de la extinción de las secretarías de Innovación, Ciencia y Desarrollo Tecnológico; La de Pueblos Indígenas y la Coordinación General de gabinete y Planeación.
La iniciativa enviada por el titular del ejecutivo estatal, adolece de señalar el impacto presupuestario y las previsiones salariales y económicas de índole laboral por la extinción de diversas plazas en las 12 entidades paraestatales de la Administración Pública que se pretenden extinguir.
Entre otras más, también destaca que el proyecto de decreto legislativo enviado al congreso, no contiene las medidas de racionalidad y disciplina presupuestarias que se aplicaran por la administración pública estatal durante este 2017.
Estamos corriendo casi la mitad del quinto mes del presente año y la reforma administrativa no camina desde el punto de vista legislativo, pero por causas atribuibles a los funcionarios responsables del poder ejecutivo, de manera que sí bien nos va, tal reforma se podrá poner en marcha en el segundo semestre de este años. ¿Verdad que SILVANO camina solo?

¡LIBERAN A MIRELES!

El juez Quinto de Distrito con residencia en la ciudad de Uruapan Michoacán RUBEN OLVERA ARREOLA resolvió sustituir la prisión preventiva a que se encuentra aún el DR. JOSÉ MANUEL MIRELES VALVERDE ex dirigente de los conocidos “Autodefensas” en algunas regiones de la tierra caliente del estado de Michoacán, por otras medidas cautelares, por lo que en cuanto MIRELES VALVERDE exhiba la fianza que se le impuso, gozará del beneficio de enfrentar su proceso penal en libertad.
Detenido hace casi tres años, el ex vocero de los “Autodefensas” fue acusado y vinculado a proceso penal por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de portación de armas exclusivas del Ejército, Armada de México y Fuerza Aérea, e internado en el Penal Federal con sede en Hermosillo Sonora, para después ser trasladado al Centro Federal de Readaptación Social Número 4 “Noroeste” ubicado en la comunidad de El Rincón, del municipio de Tepic Nayarit, donde actualmente se encuentra y de donde se espera que salga en el transcurso de la mañana de este viernes 12 de mayo del 2017.
Como se recordará, la defensa del DR. JOSÉ MANUEL MIRELES VALVERDE acudió esta semana a las instalaciones de la Procuraduría General de la República en donde entregó una denuncia en contra del juez quinto de distrito RUBEN OLVERA ARREOLA, por su presunta responsabilidad en la comisión de delitos en contra de la administración de la justicia, particularmente en lo que disponen las fracciones VI y VIII del artículo 225 del Código Penal Federal, pues el juzgador tenía la obligación de resolver la situación jurídica de MIRELES VALVERDES desde el pasado 20 de febrero del 2017, empero, “por exceso de carga de trabajo” argumento el juez, no había podido resolver el asunto de MIRELES.

SALIÓ LA REFORMA ELECTORAL

Por fin los diputados integrantes de la 73 legislatura al congreso del estado aprobaron en sesión ordinaria las reformas a la Ley Orgánica Municipal, la Ley Orgánica del Congreso del Estado y el Código Electoral de Michoacán, en materia electoral, a fin de establecer las normas que regularán el proceso electoral en el 2018.
En dicha reforma se confirmó que los presidentes municipales, síndicos y regidores podrán reelegirse hasta por dos periodos más de manera consecutiva, siempre y cuando se separen del cargo con 90 días naturales del día de la elección. En el caso de los presidentes municipales que fueron electos por la vía independiente, éstos fueron relevados de la obligación de reunir las firmas de apoyo que el código federal establece.
En este sentido, a este escribidor le parece que esta parte de la reforma, es inconstitucional, pues en el caso de los candidatos independientes debe tomarse en consideración que el artículo 12 del reglamento de candidaturas independientes del IEM, establece que el plazo para presentar solicitud como tal es de 151 días antes de la jornada electoral, con el fin de obtener el respaldo ciudadano, que se considera que el proceso de selección para obtener la calidad de candidato independiente conlleva forzosamente a que se cumpla el proceso que contempla varias etapas (registro de aspirantes, obtención del respaldo ciudadano y declaratoria de quienes tendrán derecho a ser registrados como candidatos independientes, tal y como lo establece el artículo 301 del Código Electoral del Estado de Michoacán.
En el caso de los diputados locales, éstos lo podrán hacer hasta en cuatro ocasiones, con separación de los 90 días antes de la elección y en el caso de que hubiera algún diputado electo por la vía independiente y se quisiera reelegir, también fue relevado de la obligación de reunir el “apoyo ciudadano” que son las firmas que marca el código electoral deben de reunir los aspirantes a candidatos.
Esta reforma es y será muy polémica dada la inexperiencia de los legisladores en técnica jurídica y seguramente será objeto de la promoción de juicio de amparo en contra de alguna de estas disposiciones. Al tiempo

Ver también

Mucho ruido y pocas nueces

*¿Gobierno narcisista y gabinete inmaculado?  *Urgente un programa de concientización para aportación de cuotas en …

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *