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Columna «Bajo la Lupa»: Las insidiosas acusaciones de Cocoa a Silvano

Por Armando Saavedra (22-05-15)
LAS INSIDIOSAS ACUSACIONES DE COCOA A SILVANO
Vaya que se convirtió en un verdadero y contundente bumerang, la acusación en contra del candidato a gobernador del PRD SILVANO AUREOLES CONEJO, en el debate de este miércoles 20 de mayo, hecha pública por la candidata del PAN LUISA MARÍA CALDERÓN HINOJOSA. El asunto está así: La COCOA CALDERÓN dijo en el debate que SILVANO AUREOLES había hecho un fraude a productores de la ciénaga de Chapala, con la presunta venta de tractores y que tenía una testigo al respecto, que era poseedora de varios videos que probaban dicho fraude. La testigo de marras es una mujer de nombre WENDY ESPERANZA MACÍAS PARRA, quien al parecer dirige una asociación civil en esa región.

COCOA ES UNA METIROSA
Los expertos opinan que las frecuentes acusaciones de la candidata panista, son producto de una desesperada estrategia para reposicionarse ante los electores, pues su campaña va en franca picada. En ese contexto se dan las frecuentes acusaciones en contra de SILVANO AUREOLES y para lograr su cometido y dar la impresión de que no acusa sin pruebas, LA COCOA dijo en el debate que su testigo era WENDY ESPERANZA MACÍAS PARRA, sin embargo, el mismo miércoles 20 de mayo, a las 9:27 de la noche, ya terminado el debate, WENDY ESPERANZA sube un twit en su cuenta personal y denuncia a su vez a la COCOA y le dice entre otras cosas: “Hoy en el debate la señora Cocoa me mencionó de manera absurda, cuando ella me busco en mi casa para que mi equipo y yo le diéramos el apoyo en su candidatura, también aclaró que yo jamás le he entregado vídeos del candidato del PRD no sé de qué tipos de vídeos hable es mentira vídeos son y existen en donde ella le debe 5 millones a la tuta esos si son vídeos y yo jamás e tenido ni tendré vídeos del candidato del PRD yo me dedico a ayudar y a gestionar luchar por el pueblo y aclaró que el programa que tenemos en la AC es independiente a partidos políticos y menos del señor Silvano.”(Sic).

SIN TESTIGO, NO HAY CASO
Es claro que las declaraciones públicas de WENDY ESPERANZA MACÍAS PARRA, revelan las cualidades mitómanas de la candidata panista, el desmentido de su testigo principal, con la que sostiene la acusación, es fatal, derrumba dicha acusación, aunque el cuarto de guerra panista determinó publicar lo que parecen ser audios y videos, que acompañados de edición y texto, acomodan las cosas para solo inferir por sus interpretaciones, que se trata de gente allegada al candidato perredista AUREOLES CONEJO, pero no hay una solo prueba que pueda considerarse contundente, simplemente una vez más se acusa con el tradicional “me dijeron”, “dicen”, etc.

LOS 25 KILOS DE MARIGUANA
Igual suerte correrá la “denuncia” que LUISA MARÍA CALDERÓN hizo ante la procuraduría, no dijo cual, en contra de SILVANO AUREOLES, por la posible comisión del delito de “tráfico de influencias”, pues según la COCOA, la hermana de SILVANO AUREOLES fue detenida el 25 de enero del presente año, a bordo de una camioneta tipo van, en donde las autoridades encontraron 25 kilogramos de mariguana y según la candidata panista, SILVANO AUREOLES utilizó su “influencia” para liberar a su hermana llamándole a la sub procuradora MARIANA BENITEZ, sin embargo, la propia PGR emitió un boletín señalando que efectivamente AUREOLES CONEJO llamó a la subprocuradora BENITEZ y ésta pidió los informes a la delegación de Michoacán, informándole que efectivamente en el autobús detenido iba la hermana del diputado en compañía de un bebé, pero que se había corroborado que ella no era la propietaria de la maleta con la droga y que por eso procedieron a liberarla.

DEFENSA INVOLUNTARIA
Van a decirme alguno de mis tres lectores, de los más radicales, que estoy defendiendo al candidato perredista, pero es una consecuencia de señalar que la candidata del PAN se está conduciendo con mentiras en su desesperado intento por reposicionarse en las preferencias electorales, pues igual he criticado las promesas de SILVANO que con sentido común, se concluye que son propuestas huecas, falsas promesas por su poquísima probabilidad de concretarse, así que, sí a pesar de estas consideraciones me dicen defensor de SILVANO, pues ni modo.

PROSPECCIÓN DISTRITAL LOCAL
Como en esta casa editorial también nos gusta hacerle al adivino de vez en cuando, claro con ciertas bases racionales, consultamos a científicos expertos en estadística, marketing político, politólogos, mapaches electorales y operadores políticos y hasta el Brujo de Huecorio, de manera que logramos elaborar la siguiente gráfica que tiene por objeto señalar en base a los posicionamientos de los 72 candidatos candidatos a diputado local de los principales partidos, quienes pueden ganar su respectivo distrito.
(Ver gráfica)

CÓMO SALEN LAS CUENTAS
De acuerdo a este ejercicio estrictamente especulativo, basado en las consultas arriba anotadas, los partidos más importantes por su presencia y antigüedad, se repartirán de la siguiente manera las diputaciones locales de mayoría en los 24 distritos del estado, de manera que el PRI obtendría 8 curules, el PRD obtendría 10 curules y el PAN ganaría 6 curules. De tener razón en la anterior prospección, es posible que por primera vez en la historia reciente, el PRI no fuera la primera minoría en la 73 legislatura al congreso del estado, como lo veremos a continuación.

REPARTO DE DIPUTADOS PLURINOMINALES
La asignación de las diputaciones plurinominales será, conforme lo indica el artículo 28, numeral 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, será bajo el procedimiento siguiente:
1.- Se realizará una primera asignación o reparto de diputados plurinominales entre los partidos políticos que alcanzaron el 3% de la votación (en cualquiera de las tres elecciones estatales). En este caso, se estima que obtendrán el 3% de la votación: PAN, PRI, PRD, PT, PVEM, MC, MORENA Y PARTIDO NUEVA ALIANZA; en este supuesto se han distribuido en primera ronda 8 diputados locales de Representación Proporcional;
2.- Realizada la distribución anterior, se procederá a asignar el resto de las diputaciones de representación proporcional, de acuerdo a la fórmula de asignación (de acuerdo al número de votos obtenidos). En este supuesto de los partidos chicos, por lo menos al Partido Verde y MORENA les alcanzará para otra diputación, por tanto, de 8 que restan para asignar dos se van a estos dos partidos. Quedan 6 seis diputaciones a distribuir entre los tres grandes Partidos (PAN, PRD y PRI). Y si también Movimiento Ciudadano alcanzara otra diputación quedarían 5 diputaciones; por lo que, a dos partidos de los grandes les tocan otras dos y a uno una más, es decir, tendríamos que los partidos grandes tendrían máximo tres diputados y uno de ellos dos pluris.
(Ver gráfica)
Ahora bien, haga usted mismo sus juegos, haga suposiciones y otorgue pluris al partido de su preferencia, integre su propia legislatura, lo anterior, es solo un juego especulativo en el que usted tiene la última palabra.

JUDICIALIZACIÓN DEL PROCESO
Para nadie resulta imposible la judicialización del actual proceso electoral, dado lo competido que está y en razón de lo anterior, le planteamos a usted un posible escenario: Sí al candidato a gobernador que gane la contienda le anularan la elección por alguna de las causas que señala la ley, ¿qué sucedería?
1.- Sí causara ejecutoria la anulación decretada por la autoridad jurisdiccional, circunstancia que sucedería del 7 de junio al 30 de septiembre del presente año, de acuerdo al artículo 54 de la Constitución Política del Estado de Michoacán, será el congreso del estado el que nombre al gobernador interino para que asuma la titularidad del ejecutivo, por lo tanto, la responsabilidad de ese nombramiento recaerá en los integrantes de la 73 legislatura que se habrá instalado el 15 de septiembre de este mismo año, de ahí la importancia de la gráfica anterior sobre la integración de la 73 legislatura.
2.- Habrá nuevas elecciones. La Constitución Política del Estado de Michoacán, dispone en su artículo 54 lo siguiente: Artículo 57.- En caso de falta absoluta del Gobernador del Estado, ocurrida en los dos primeros años del período respectivo, el Congreso concurriendo cuando menos las dos terceras partes del número total de sus miembros, designará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un Gobernador interino; en un plazo no mayor a diez días, siguientes a la designación del Gobernador Interino, expedirá la convocatoria de elecciones para gobernador substituto que termine el período constitucional, debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para las elecciones, un plazo no menor de tres meses ni mayor de seis.
Hay se las dejo de tarea, ahora pregúntese: Sí se dieran los anteriores supuestos, ¿Quién pudiera ser ese gobernador interino?, como la ley establece que en las nuevas elecciones el candidato que haya dado motivo para la anulación de la elección, no podrá participar nuevamente, ¿quién podría ser el sustituto de los tres candidatos de los principales partidos? Y finalmente ¿Habría nuevas elecciones?

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