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Propone Nalleli Pedraza salario digno para jefes de tenencia y encargados del orden

Morelia, Mich., 03 de noviembre del 2016- Con la finalidad de que las autoridades auxiliares cuenten con una remuneración acorde a sus responsabilidades y necesidades, la diputada Nalleli Pedraza Huerta presentó ante el pleno de la LXXIII Legislatura, la iniciativa de decreto que reforma el artículo 63 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, para definir los criterios salariares de los jefes de tenencia, los encargados del orden y los secretarios administrativos de los ayuntamientos, con la finalidad de que reciban un salario digno.

La diputada integrante del Grupo Parlamentario del PRD, en tribuna recordó que la Organización Internacional del Trabajo, a través de sus convenios y recomendaciones, la Constitución Política Federal y la Constitución Local, establecen con claridad el alcance de los conceptos y disposiciones que regulan el derecho al trabajo y a un salario digno.

En ese sentido, resaltó que las leyes federales y locales que incorporan estas disposiciones tienen como objetivo materializar el hecho de que el trabajo, y el consecuente salario que les corresponde, les permita una existencia digna.

Hizo mención que la Constitución Federal, y consecuentemente la Constitución del Estado, reconocen que el derecho al trabajo y a un salario, deben cumplir condiciones tales que el salario sea correspondiente a la cantidad de trabajo y en condiciones de igualdad.

Nalleli Pedraza expuso en el pleno que la Ley Orgánica Municipal señala que estas autoridades auxiliares se encuentran supeditadas política y administrativamente al Presidente Municipal, y en ese sentido tienen obligaciones administrativas específicas, señaladas en los artículos 61 y 61 bis. Además, los artículos 62, 64 y 65 del mismo ordenamiento especifican criterios mínimos para ocupar alguna de estas posiciones, los mecanismos para que cada una de estas posiciones sea otorgada, así como criterios mínimos de organización.

“Estas autoridades auxiliares se convierten, por la cercanía que tienen con las diferentes poblaciones de cada municipio, en los ojos y manos de los ayuntamientos. Es decir, la existencia de estas autoridades auxiliares se traduce en el primer eslabón de una cadena de responsabilidad y mando municipal, y su principal virtud es la cercanía con los hombres y mujeres de cada población, pero principalmente la cercanía con las múltiples problemáticas que viven los habitantes de cada población, porque ellos mismos se encuentran inmersos en esas problemáticas, ellos viven esas problemáticas”.

Por ello, resaltó que las autoridades auxiliares están y deben estar reguladas, como las otras autoridades municipales por la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán y de sus municipios. “No podemos tratar de manera diferente a estas autoridades sólo por tener la categoría de auxiliares”.

Explicó que la problemática que ocurre en muchos ayuntamientos es que estas autoridades, aunque son existentes y sumamente útiles para las tareas diarias que deben asumir los ayuntamientos, no reciben necesariamente el trato correcto y el respeto de su derecho a recibir un salario digno.

“En el peor de los escenarios estas autoridades no reciben alguna remuneración por su trabajo; en diversos casos aunque reciben algún apoyo, no figuran en las nóminas de los ayuntamientos. Pero finalmente, cualquiera de estas  circunstancias violentan las condiciones laborales de estas autoridades auxiliares”.

La problemática es muy clara, el contenido de la Ley Orgánica Municipal, en particular el contenido del artículo 63, no ha sido suficiente para regular y proteger la remuneración de las autoridades auxiliares, porque no conduce necesariamente a que se fije en el presupuesto de egresos de los Ayuntamientos, las remuneraciones de estas autoridades.

Por ello, propone corregir esta inconsistencia resulta necesario explicitar la obligación de las autoridades municipales a fijar en sus presupuestos de egresos, y por lo tanto hacer pública, la información respecto de las remuneraciones que reciben las autoridades auxiliares de los Ayuntamientos.

“De manera muy concreta, mientras que hoy la Ley deja un espacio discrecional para que los Ayuntamientos puedan o no incluir en sus presupuestos a las autoridades auxiliares, lo que se propone es hacer obligatorio que los presupuestos contengan estos conceptos, y por lo tanto sea información pública”.

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