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*Hoy entregan la solicitud *Mañana Congreso sesiona *Elegibles y los no elegibles *¿Del PRI?, no necesariamente

TEMAS DE CAFÉ.- Este jueves 18 de abril, pasará a formar parte de la historia política de Michoacán, hoy el gobernador Fausto Vallejo Figueroa, entregará una licencia a su cargo, por noventa días, aunque de acuerdo a la información, médica su problema de salud, quedaría solucionado, si Dios quiere, en unas ocho semanas, o sea dos meses pero para evitar mayores problemas, seguramente la licencia, que será entregada hoy, será de noventa días, y de acuerdo a la Ley Orgánica de Procedimientos  del Congreso, en su artículo 223, el Congreso deberá sesionar a las 9 de la mañana del día siguiente, al que se reciba la solicitud de licencia.

La solicitud se turnará a la comisión de gobernación

En esta sesión matutina la solicitud enviada por el ejecutivo del estado, deberá ser turnada a la Comisión de Gobernación, la cual está integrada por Olivio López Múgica presidente y Fidel Calderón, Jaime Darío Oseguera, Sergio Enrique Benítez y Alfonso Martínez, la cuestión es que por lo menos un integrante de esta comisión, se encuentra en Brasil, aunque pueden ser dos. Tal vez tengan que regresar todos los que están en Brasil.

Una vez que los integrantes de la comisión reciban la solicitud, empezarán a estudiarla y analizarla, para elaborar su dictamen, el cual puede ser a favor o en contra, también pueden presentar en su dictamen, el nombre de quien a propuesta de ellos, puede ser el gobernador interino, o bien solamente se acepta la solicitud de licencia temporal, y posteriormente se podría realizar otra sesión, para elegir al gobernador que cubra la ausencia temporal de Fausto Vallejo.

Debe ser del PRI, aunque no necesariamente  

La Constitución Michoacana tiene algunas lagunas, porque para este caso no señala categóricamente, que el gobernador interino deba ser del mismo partido que tenga el gobierno, aunque lógicamente se supone así debe ser, pero vamos no lo especifica por lo cual, esto  debe ser producto de un consenso político, aunque por extensión se podría aplicar, lo que se ha hecho en el caso de las presidencias municipales, en todas siempre ha quedado un integrante del partido, que estaba en el poder, así aunque no se especifica, bien podría designarse a un priista.

Debe entenderse, es ausencia temporal

Ya le explicamos hace días, que en cada caso el tratamiento es diferente, en este solamente es una ausencia temporal, por lo que Fausto regresará al llamado Solio de Ocampo, en tres meses, por el bien de Michoacán y de él mismo, por lo que no debe ser un  cambio drástico, en cuanto al que sea elegido gobernador interino, o sea que no haga y deshaga en cuanto al gabinete, ya que el mismo Fausto dijo, que este gabinete como está, ya contaba con la anuencia de los michoacanos.

Sería administrativamente desastroso, que fuera designado un gobernador interino que llegando, hiciera cambios en la administración estatal, y que al regresar Fausto otra vez, reinstalara a sus colaboradores, por eso es necesario que los integrantes del Congreso, piensen por primera vez en el interés de Michoacán, no en el de ellos o su grupo político o partido, y desde luego por su decisión, nos daremos cuenta si en realidad son grandes legisladores y buenos michoacanos o todo lo contrario.

Quienes pueden ser y quiénes no

Los legisladores michoacanos, deberán ajustarse a lo señalado por la Constitución Michoacana, la cual en el artículo 56 señala, que la designación del gobernador provisional, interino o substituto, debe recaer en la persona que reúna los requisitos, a que se refiere el artículo 49 y que no  esté comprendido, en algunos de las prohibiciones aplicables, de los artículos 50 y 52 de la Constitución Michoacana.

Ahora bien nos referiremos a lo que señala, primero el Artículo 59 el cual afirma, que para ser gobernador se requiere ser michoacano, en pleno goce de sus derechos, tener 30 años cumplidos el día de las elecciones, haber nacido o tener residencia efectiva de no menor de cinco años, anteriores al día de la elección.

El artículo 50 señala lo siguiente:

En relación a este tema, el artículo 50 de nuestra Constitución señala: No pueden ser o desempeñar el cargo de gobernador, quien pertenezca o haya pertenecido al estado eclesiástico, hayan sido o sean ministros de algún culto religioso, así como quienes tengan mando de fuerza pública, un cargo o comisión del gobierno federal, los titulares de las dependencias básicas del Ejecutivo, magistrados del tribunal de Justicia, de justicia administrativa, o del tribunal electoral, consejeros del poder judicial, funcionarios electorales estatales o federales, a menos que se hayan retirado un año antes y en algunos casos 90 días.

De acuerdo a este artículo no pueden ser viables, para ser tomados en cuenta para gobernador interino, ni el presidente municipal de Morelia, porque tiene mando de fuerza pública, ni ningún integrante de la administración estatal, principalmente quien tenga un puesto, en una dependencia básica, ni ningún personaje que tenga un puesto federal, o sea casi todos menos quienes tienen, un puesto de elección estatal o federal, así quedan viables, integrantes de la IP, senadores, diputados locales y locales.

Pero…Michoacán, es tierra de milagros

Lo que le hemos comentado, se encuentra en la Constitución de Michoacán, si pero todo se puede arreglar en base a un gran acuerdo político, porque si estamos pensando efectivamente en tres meses, la verdad no vale la pena hacer tanto movimiento, es más se debe hacer lo que signifique menos cambios o modificaciones, porque la Constitución como se habrá dado cuenta, inhabilita a casi todos los que le mencionamos ayer.

No pueden ser Marco Antonio Aguilar, Víctor Silva, Jesús Reyna, Antonio Guzmán, si pueden ser Chon Orihuela, Salvador Galván, Roció Pineda o Guillermo Guzmán, total es cuestión de mantener la situación como se encuentra hoy, cuidando que los pendientes se manejen, como es la reestructuración de la deuda, fortalecer la relación con la Federación, para mejorar la seguridad y promover el arribo de capitales, hoy es lo más importante. Sobre el artículo 52 no tiene importancia para este caso. Este artículo ya se lo comentamos, se refiere a que no podrán ser elegidos, para ser  gobernador quienes ya hayan ocupado ese puesto, en cualquiera de sus modalidades, el impedimento es para ser gobernador o candidatos, en el periodo inmediato y esta figura no se ajusta en ninguno de los supuestos,  en los cuales nos encontramos inmersos hoy.

Los cuadros básicos, Osorio Chong y Cesar Camacho

Ayer por la tarde se dio a conocer, que los legisladores priistas michoacanos, tanto federales como locales y Oswaldo Fernández en cargado del PRI estatal, solicitaron una reunión de urgencia, tanto con el Secretario de Gobernación y el dirigente nacional del PRI César Camacho Quiroz, para tratar el caso de Michoacán, además ayer los dirigentes de los organismos de la IP michoacana y  dirigentes de partidos en la entidad, se mantenían en el DF, seguramente por el mismo motivo. Por esto se confía en que la espera no sea de varios días.

Diversos comentarios sobre el IMSS estatal

Se lo comentamos porque aquí le dimos a conocer, que  Román Acosta sería designado delegado  estatal del IMSS, y en eso estaban cuando el mismo doctor aceptó, que no conocía muchas cosas del IMSS, ante lo cual aceptó ir a la ciudad de México, para recibir un curso intensivo, que concluiría el último día de este mes, para después

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