Columna «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (06-III-18)
COBROS ABUSIVOS DE GRÚAS PARTICULARES
No hay día, en que ciudadanos sean objeto de verdaderos atracos por parte de empresas particulares que prestan el servicio de grúa, contando con la complacencia de las autoridades de los municipios como en el Morelia y las respectivas estatales de la Secretaría de Seguridad Pública, bajo el mano de JUAN BERNARDO CORONA MARTÍNEZ.
Es cierto que la Ley de Ingresos del estado de Michoacán para el ejercicio fiscal 2018, contempla que el costo por concepto de “arrastre” de vehículos de menos de 3.5 toneladas es de $763.00 y los vehículos con peso mayores de 3.5 toneladas es de $1,039.00, en los casos que dichos vehículos sean “arrastrados” por grúas “oficiales”.
Sin embargo, en tratándose del servicio de “arrastre” de los mismos vehículos descritos en el párrafo anterior por grúas particulares, la ley estatal señala que deberán sujetarse a las tarifas autorizadas por la autoridad competente, sin embargo, no establece con claridad a qué autoridad se refiere, dejando en estado de indefensión al ciudadano, pues los propietarios de las grúas particulares aplican tarifas por el servicio que se les antoja.
En el caso de la Ley de Ingresos municipales, el cobro por “arrastre” de vehículos realizado por grúas oficiales, el cobro aproximado es de $357.50 por vehículos de hasta 3.5 toneladas y $491.50 por vehículos que superen el peso señalado.
La lógica jurídica nos dice que el cobro por el servicio de “arrastre” realizado por grúas particulares, de ninguna manera puede ser superior al costo aplicado por el mismo servicio realizado por grúas oficiales, empero, esto no es así, los propietarios de grúas particulares aplican tarifas que ellos mismo determinan y no una autoridad competente.
AUTORIDAD CÓMPLICE
Así es, tanto las autoridades de tránsito estatal como las municipales, aprovechando las oscuridades de la ley en la materia, entran en franca complicidad con los propietarios de empresas particulares que prestan el servicio de grúas, pues con el ya trillado argumento de que no hay grúas oficiales, recurren sistemáticamente a las grúas particulares.
Cuando ya cualquier clase de vehículo está en manos de los propietarios de las grúas particulares, son objeto de cobros elevados e ilegales, que van desde el propio “servicio de arrastre” hasta el cobro por concepto de “corralón”, ya que sí no son pagadas las “tarifas” que los grulleros imponen, simplemente no entregan los vehículos.
Las respectivas leyes de ingresos, estatal y municipal, contemplan la tarifa por el servicio de “arrastre” con una grúa particular, empero, reitero que la autoridad es cómplice con los propietarios de las empresas de grúas y en la gran mayoría de los casos, por no decir que en todos, los oficiales de tránsito solicitan “el apoyo” de una grúa particular, pues reciben una “comisión” por cada servicio que solicitan.
EVIDENTES ACTOS DE CORRUPCIÓN
Ninguna duda debemos tener, de que las autoridades de tránsito solicitan el servicio de “arrastre” de vehículos a empresas particulares, por que reciben el tradicional “moche”, lo que evidencia un franco acto de corrupción que, en primera instancia, debe ser evitado por alguna autoridad superior y por la otra, debe ser castigado.
EL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN
Todo lo anteriormente señalado, debe ser materia de una inmediata intervención del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, que preside el abogado RAFAEL VILLASEÑOR VILLASEÑOR, con solo poner en práctica lo dispuesto por la Fracción XIV del Artículo 8 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Michoacán de Ocampo, fracción que a la letra dispone lo siguiente:
XIV.- recibir y canalizar a través de la Secretaría Ejecutiva las denuncias ciudadanas en materia anticorrupción.
De manera pues, que lo escrito y denunciado en esta entrega, de oficio, el presidente del Comité de Participación Ciudadana, debe tomar nota de ello y canalizar la denuncia pública a través de la secretaría ejecutiva, con la autoridad responsable de investigarla y en su caso, sancionarla.
¿Tendrá respuesta a esta denuncia pública, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción? Estaremos al pendiente.
ALTERNATIVA CIUDADANA
En efecto, si usted estimado lector es víctima del abuso de las empresas de grúas particulares, por cobros indebidos o abusivos de algún servicio por ellos prestados, no se preocupe y tenga valor civil, procediendo a denunciarlos o a demandarlos ante el Tribunal de Justicia Administrativa, instancia jurisdiccional que cuenta con un servicio gratuito de “defensoría jurídica”.
El servicio gratuito de “defensoría jurídica” con el que cuenta el Tribunal de Justicia Administrativa, garantiza de entrada que, a usted, ciudadano común y corriente no le costará un solo centavo el servicio de un abogado para estar en condiciones de demandar a los grulleros por el abuso que cometen al cobrar excesivamente de manera indebida.
CREAR INSTRUMENTO LEGAL
La última alternativa en defensa de los ciudadanos, es que algún diputado local, de cualquier partido, no somos tan delicados en andar escogiendo, que se atreva a revisar la ley de tránsito y vialidad, del estado y del municipio, para establecer la obligatoriedad del estado y del municipio, de prestar los servicios de “arrastre” de vehículos con grúas oficiales y establecer como una opción extraordinaria y contingente, el uso de grúas particulares.
Que en caso extraordinario y contingente, que obligue a la autoridad a utilizar los servicios de grúas particulares, el costo de dichos servicios bajo ninguna circunstancia, podrán ser superiores a los establecidos en las respectivas leyes de ingresos, para el servicio de “arrastre” con grúas oficiales.
De igual manera, que se establezca como sanción a quien viole las tarifas autorizadas en las respectivas leyes de ingresos, estatal y municipal, la cancelación inmediata de la concesión respectiva, con el solo hecho de que el ciudadano denunciante, pruebe su dicho. Hay se la dejamos de tarea a alguno de los 40 integrantes de la 73 legislatura, sobre todos aquellos que andan pidiendo el voto para reelegirse o saltar a una nueva posición.
MIÉRCOLES 7, ACTO DE ANIVERSARIO PRIISTA
Tal y como lo habíamos comentado para ustedes en otra entrega y en redes sociales, será este próximo miércoles 7 de marzo, en las instalaciones de las oficinas del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, cuando se llevará a cabo el acto conmemorativo del 89 aniversario de la fundación del Partido Nacional Revolucionario, hoy Revolucionario Institucional.
Al respecto, algunos priistas se sintieron desairados al no recibir la convocatoria respectiva para asistir a dicho festejo, empero, se entiende que no fue tal desaire, sino una estrategia para que su candidato presidencial JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA pudiera lucir ante el priismo del país, celebrándose un solo acto con un solo orador -muy malo por cierto- en pasado domingo 4 de marzo en la Ciudad de México y se dio la instrucción a los comités estatales del país, que en el transcurso de la presente semana, se realizaran los eventos conmemorativos en los más de 2400 municipios de la república y 32 capitales de los estados.