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Artículo de Fondo, Por Rosa María de La Torre: La Constitución Remodelada

Artículo de Fondo Por Rosa María De la Torre Torres*.-  Hace ya muchos años que está sobre la mesa jurídica el debate sobre una nueva constitución en México. Desde la década de los noventa, personajes como Porfirio Muñoz Ledo y Cuauhtémoc Cárdenas discutían la necesidad de que México contara con una otra carta fundamental y desde entonces juristas de renombre como Jorge Carpizo han reflexionado sobre el tema.

Una nueva Constitución ¿para qué?

Aunque la respuesta parece evidente, vale pena preguntarse por qué quienes buscan un nuevo texto constitucional defienden la idea desde hace tantos años.

Sin duda hay quienes lo hacen por mero interés político, para tener una constitución “a modo” de sus intereses particulares o de grupo; también están quienes por vanidad buscar crear una carta fundamental “a su imagen y semejanza”, pero también hay un nutrido grupo que señala que la constitución mexicana dista mucho, en redacción y esencia, de lo que fue en 1917. Este es un argumento se debe ponderar.

En México, solamente el 10 por ciento del texto vigente de la Constitución corresponde con el texto original. De 1921 a 1977 las reformas fueron pocas pero a partir de la década de los setenta se vivió una verdadera euforia reformista incluyendo preceptos que en otros sistemas jurídicos se contemplan en leyes secundarias.

El texto de la Constitución mexicana es el segundo más extenso del mundo (solo después de la constitución de La India); por ejemplo, el artículo 28 de la Carta de Querétaro es más largo que toda la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica.

Las primeras constituciones modernas, la de Francia y la ya citada norteamericana, fueron pensadas como un límite al poder absoluto y como un marco para el desarrollo de los derechos y las libertades; por ello se diseñaron como documentos precisos, de lenguaje claro y al alcance de todos los ciudadanos.

Las primeras constituciones fueron construidas como receptáculo de los principios y los valores que una determinada sociedad consideraba importantes, sin embargo, la mexicana pudiera parecer una colección de enmiendas desordenadas.

Las inconsistencias constitucionales en México son resultado de la dinámica partidaria que ha llevado a que cada reforma tenga el aliento y la forma de la fuerza política que la impulsó, esto aunado a una añeja insensibilidad para alcanzar consensos armoniosos con el texto ya vigente.

Repensar el modelo constitucional. Hacia una Constitución de mínimos

En los países más democráticos la constitución es un modelo de mínimos, donde se establecen las prerrogativas sobre las cuales el legislador secundario o los jueces construyen el andamiaje jurídico para el desarrollo y ejercicio pleno de los derechos.

En México debemos aceptar que la Constitución requiere una revisión profunda para adecuarla a la realidad social, política y económica de nuestro país y así podemos encontrar tres caminos a seguir.

El primero sería no hacer nada. Este escenario es el menos deseable pero pudiera justificarse porque al no haber condiciones sociales o políticas es mejor no hacer nada que hacerlo mal.

El segundo escenario sería convocar a un poder constituyente originario, es decir, iniciar el ejercicio constitucional desde sus orígenes. Si bien este escenario sería el más deseable porque abre las puertas a un ejercicio pleno y flexible de reconfigurar, desde sus bases, al Estado mexicano, implica un grave riesgo. La mayor parte de las constituciones modernas devienen de un ejercicio revolucionario, no solamente en la acepción bélica del término, sino de verdaderos giros copernicanos que otorgan una nueva impronta social y política a la constitución naciente. México, desde mi perspectiva, no cuenta con las condiciones sociales o políticas para dar un salto al vacío de esa naturaleza, entendiendo que las mejores condiciones son las que responden no solamente a la necesidad sino la posibilidad real de un nuevo pacto constitucional más democrático y la realidad mexicana no se presta para ello.

El tercer escenario es reordenar, sistematizar y reescribir el texto constitucional a través de una revisión profunda hecha por un grupo especializado en los diversos temas que contiene la constitución. Esta tercera opción fue la que eligieron países como Bélgica, Portugal y Suiza. 

Ley de Desarrollo Constitucional

Como ya he señalado, más que pensar en una nueva Constitución vale la pena hacer una revisión profunda y una armonización, ésta si urgente y necesaria, de la Carta Magna de los mexicanos. Por ello, algunos especialistas han propuesto hace unos meses al Congreso de la Unión la creación de una Ley de Desarrollo Constitucional. El objetivo de esta ley sería reordenar el contenido de la constitución y corregir los errores, contradicciones y defectos que han derivado de las más de 600 reformas que el texto de la carta fundamental ha sufrido entre 1921 y 2015.

Quienes estudiamos la Constitución mexicana podemos apreciar su riqueza y su legado, pero también podemos constatar el desordenado desarrollo que las constantes reformas han dejado. Así, encontramos materias que se regulan por duplicado como, por ejemplo, el artículo 123 establece prerrogativas laborales que se contienen en otras normas secundarias y que no tienen justificación de estar en el texto constitucional por ser normas de carácter secundario. Por otro lado, encontramos inconsistencias sintácticas y linguísiticas, entre las que destacan  la confusión que hay entre garantías individuales, derechos humanos y derechos fundamentales, acentuada después de las reformas de 2010 y 2011. Hay, también, una excesiva regulación de algunos temas, por ejemplo en 1917 el texto del artículo 41 tenía solamente 63 palabras y ahora tiene más de 4 mil. Aún más grave, se nota una falta de previsión de algunos supuestos de la realidad que carecen de anclaje constitucional, en este sentido se percibe la falta de mecanismos procesales para limitar la reforma constitucional y para sancionar la inconstitucionalidad por omisión legislativa, figuras que están presentes en la mayoría de las constituciones contemporáneas de corte democrático.

Revisar y reordenar la Constitución es un ejercicio más recomendable. No se trata de hacer experimentos o dar saltos jurídicos al vacío; se debe retomar nuestra historia constitucional y rescatar lo que ha sido de beneficio y servicio para los mexicanos, expulsar lo que resulta obsoleto o anacrónico e incorporar las nuevas luces que requiere nuestro sistema democrático y de derecho.

Es muy fácil caer en la soberbia y vanidad de querer hacer una constitución a nuestra imagen y semejanza, que sirva a intereses particulares o de grupo, pero si dentro de un texto hay figuras que han probado su efectividad no es necesario descartarlas.

Por ello la revisión constitucional es un medio más eficiente y con mayor certeza para dar armonía a los principios constitucionales, de ahí el título de este texto. Siguiendo la idea de algunos autores como Giovanni Sartori, el ejercicio de revisión constituyente debe atender a ciertos principios de ingeniería constitucional, porque es tomando los principios básicos de esta especialidad de la construcción como debe reorganizarse el texto fundamental para evitar cuarteaduras y quiebres en el edificio constitucional.

México requiere ciertamente una nueva ingeniería constitucional y esta pasa por la revisión experta, la propuesta ciudadana y el consenso político solamente así podremos asegurar la vigencia de nuestra Constitución remodelada.

*Doctora en Derecho Constitucional. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores. Diputada Local de la LXXIII Legislatura del Estado de Michoacán de Ocampo.

Morelia; Mich., 03 febrero de 2016

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