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Incumple UMSNH recomendaciones de la UMSNH

Morelia, Mich., 07 de septiembre de 2014. La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) ignoró dos recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), por violación al derecho de petición y omisión al trámite administrativo.

 

La primera es la Recomendación 045/2014, que derivó de la queja presentada en el mes de agosto del 2013 por parte de un profesor de la máxima casa de estudios, quien solicitó tanto a la Rectoría de la Universidad como a la dirección de la Escuela Preparatoria Melchor Ocampo, le expidieran constancia que acreditara que no se le habían aplicado medidas disciplinarias, como docente e investigador.

 

Sin embargo no le otorgaron el documento solicitado; por el contrario argumentó haber sido objeto de hostigamiento laboral por parte de la entonces directora de la Preparatoria. Además de solicitar el disfrute del Año Sabático, al que tiene derecho, del cual tampoco obtuvo respuesta.

 

Por estos hechos se recomendó a la UMSNH expedir los documentos solicitados por el quejoso y dar contestación en tiempo y forma a las peticiones formuladas por parte de los funcionarios de la UMSNH.

 

La otra Recomendación es la 047/2014 derivó de una queja presentada por un grupo de ocho personas al considerar que fueron discriminados, tras la asignación de plazas titulares dentro el Programa de Regularización de Plazas Interinas en la Facultad de Arquitectura de la UMSNH.

 

Consideraron que el proceso violentó lo dispuesto en el Marco Jurídico Universitario y el Contrato Colectivo del Trabajo, así como el instructivo para la Asignación de Plazas Vacantes y de Nueva Creación, ya que no se presentó una convocatoria ni los resultados para la asignación.

 

En ese contexto se recomendó a la UMSNH resolver las irregularidades presentadas en el proceso de asignación de plazas, y en su caso se otorguen correctamente en base a lo señalado en el contenido del informe de la Comisión Revisora del Programa de Regularización de Profesores Interinos de la Facultad de Arquitectura de la UMSNH, a los criterios acordados para el desarrollo del concurso y a la normatividad universitaria aplicable. Y, que en los subsecuentes concursos de asignación de plazas se desarrollen conforme a los criterios señalados.

 

En ambos casos la UMSNH no aceptó las recomendaciones por lo que en apego al artículo 86 de la Ley y al 52 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

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