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Necesario un marco normativo específico en materia de tortura en Michoacán: Eleazar Aparicio

Morelia, Mich., 24 de marzo del 2014.- En Michoacán es necesario retomar un marco normativo específico para prevenir y sancionar la tortura, esto frente a la crisis de inseguridad que atraviesa el estado y la acción de fuerzas policiacas que en muchos casos transitan más allá del umbral de la legalidad en sus operativos, apuntó el diputado José Eleazar Aparicio Tercero, integrante de la Comisión de Derechos Humanos de la LXXII Legislatura local.

 

El diputado por el Distrito de Pátzcuaro recordó a pesar de la tendencia en nuestro país por especializar la legislación penal en materia de tortura, mediante leyes específicas para su prevención y sanción, así como atención de víctimas, en Michoacán la ley que existía fue derogada hace siete años, bajo el argumento de que el tema quedaría previsto en el Código Penal, “hoy se precisa una revisión en la materia, ya que una ley específica permite una mayor especialización, y ser más específicos para el cumplimiento de los tratados internacionales de los que México forma parte”.

 

Aparicio Tercero apuntó que en junio pasado, la Procuraduría General de Justicia del Estado reconocía que de las 21 quejas que existían en su contra por tortura, no se había sancionado a nadie, lo que ejemplifica cómo en México la tortura llega a ser una práctica institucionalizada e incluso en determinadas formas es aceptada.

 

“No hay que olvidar que el año pasado Michoacán ocupaba el quinto lugar en materia de tortura, esto antes de que se instrumentaran en la intensidad que ahora tienen los operativos de seguridad, por lo que no nos cabe duda de que nuestro estado debe ahora ocupar uno de los tres primeros lugares del país en incurrir en este tipo de práctica”.

 

Apuntó que los compromisos internacionales asumidos por México en materia de prevención y sanción de la tortura, establecen por un lado, la urgente necesidad de armonizar las Leyes de tortura en cada país y en cada estado, con el contenido de dichos tratados internacionales, y por otro lado, la necesidad de legislar en el derecho interno de cada país, para establecer su obligatoriedad y cumplimiento.

 

“Una ley específica nos permitiría establecer como política pública de estado, la protección y defensa de la integridad de la persona, definiendo los mecanismos jurídicos, administrativos y sociales necesarios, para prevenir todo acto de tortura que atente contra el sujeto, así como para reparar el daño ocasionado y sancionar a sus responsables”.

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