*Censura disfrazada de legalidad: AMIPAC.
Columna Política El Francotirador», Por José Cruz Delgado (07-VII-2025).- Ya se esperaban reacciones contra la reforma al Código Penal de Michoacán que tipifica la apología del delito, por considerar que constituye una amenaza a la libertad de expresión.

Mediante un pronunciamiento emitido después de la sesión, el colectivo de periodistas anunció que “frente a este retroceso” emprendería acciones legales para impugnar esta reforma por su incompatibilidad con el principio de legalidad penal, con los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión y con los valores constitucionales que sostienen una sociedad democrática.
El colectivo de periodistas NiUnoMás Michoacán, solicitante de la impugnación legal, celebró a través de sus redes sociales la determinación de la CNDH de interponer el recurso para combatir la modificación penal aprobada el 28 de mayo pasado.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad 71/2025 contra la reforma al Código Penal de Michoacán que tipifica la apología del delito, por considerar que constituye una amenaza a la libertad de expresión.
El dictamen de la reforma, aprobada fundamentalmente con los votos de diputados de la 4T, “dice combatir la apología del delito, pero por su redacción ambigua, lo que hace es perseguir toda alusión al fenómeno delictivo en Michoacán para invisibilizarlo, criminalizando las ideas, las expresiones artísticas, comunicativas y críticas, además de constituir una amenaza directa al ejercicio de la libertad de expresión de todas las personas en el estado”, señaló NiUnoMás Michoacán.
Así también, la organización reconoció el apoyo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para que, con su mediación, la acción de inconstitucionalidad pudiera concretarse, “pese a la brevedad del tiempo con que se contaba, ya que con una burda maniobra la norma fue publicada el 23 de junio de 2025 en el Periódico Oficial del Estado con fecha anterior —30 de mayo— para entorpecer la defensa y ruta legal”.
El 28 de mayo, durante la sesión legislativa en la que fue aprobada la reforma, un grupo de periodistas se manifestó al interior del recinto legislativo con la exigencia de que el dictamen fuera sacado de la orden del día y se realizara una consulta mediante la figura de parlamento abierto.
Con antelación, el colectivo, desde dos semanas antes les habían entregado la solicitud para realizar la consulta, pero al parecer las y los legisladores de la 4T y aliados tenían instrucciones del gobernador morenista, Alfredo Ramírez Bedolla, de aprobar la reforma ese día, evidenciando que no hay división de poderes.
Un día después de la aprobación de la reforma, el 29 de mayo, el grupo de comunicadores entregó a la CEDH una solicitud para que promoviera una acción de inconstitucionalidad contra la norma penal aprobada, en tanto que el 26 de junio el organismo estatal informó que a su vez había presentado la solicitud ante la CNDH.
En sus argumentos contra la incorporación de la fracción IX al artículo 24, junto con la adición del artículo 163 quinquies y el nuevo Capítulo VII, bajo el título de “Provocación a cometer un delito y apología de éste o de algún vicio”, NiUnoMás Michoacán advirtió que, por su redacción y contenido, se configura “un tipo penal ambiguo y de interpretación expansiva que puede ser utilizado para vigilar, sancionar o inhibir las ideas, la crítica, así como el disenso social y político”.
Se aclaró que aunque el dictamen contemplaba una excepción para quienes informen en ejercicio de su profesión u oficio periodístico, atendiendo al derecho a la información, la redacción era además de ambigua, insuficiente y tramposa.
Lo anterior, porque “limita la protección al ámbito noticioso tradicional, sin considerar que el derecho a la libertad de expresión, reconocido en tratados internacionales vinculantes como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no se reduce al derecho a la información ni al ejercicio profesional del periodismo, sino que incluye a artistas, investigadores, activistas, creadores de contenido, académicos y cualquier ciudadano que difunde ideas en el espacio público”.
Además, esa disposición “subordina la protección al ‘derecho a la información’, excluyendo de facto otras formas legítimas de expresión no informativa, como el arte, la sátira, la denuncia, la memoria, la protesta, que resultan igualmente esenciales para la vida democrática”.
Otro vicio señalado por el colectivo de periodistas tiene que ver con el proceso legislativo, que “fue opaco y apresurado: no hubo convocatoria pública a sesiones de la Comisión de Justicia, no se abrió un parlamento abierto ni se escucharon voces expertas, a pesar de que los coordinadores parlamentarios se habían comprometido públicamente a ello” pero no cumplieron su palabra.
NiUnoMás Michoacán argumentó que la reforma penaliza expresiones sin requerir vínculo directo o causal entre el discurso y un hecho delictivo, por lo que la sola alusión o difusión de ciertos temas puede ser considerada delictiva, con efectos inhibitorios sobre la crítica social, la denuncia política o la organización comunitaria y “en un contexto donde el discurso oficial identifica a la protesta como amenaza, esta disposición abre la puerta al uso político del derecho penal”.
Asimismo, “el efecto inhibidor (de la reforma penal) se extiende más allá del periodismo y golpea de lleno a la ciudadanía organizada, a las juventudes, a los movimientos sociales, a quienes desde los márgenes cuestionan al poder y abonan a la pluralidad democrática”.
El grupo de periodistas repudió el intento de camuflar esta reforma con el argumento de que busca combatir la apología del delito en los narcocorridos, pretendiendo hacer creer a la sociedad que las y los periodistas defendemos discursos que glorifican la criminalidad; esta afirmación es falsa, ofensiva y busca desacreditar nuestras exigencias legítimas”.
Y además de impulsar la promoción de la acción de inconstitucionalidad, el colectivo convocó a periodistas y otros sectores de la sociedad a interponer juicios de amparo contra la reforma penal, lo que fue concretado el pasado 30 de junio, con la participación de activistas, artistas e integrantes de otras áreas de la ciudadanía.
Con esta acción, la CNDH plantea ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la posible inconstitucionalidad de la reforma, en defensa de los derechos a la libertad de expresión, creación artística, comunicación y crítica en Michoacán, particularmente en un contexto de violencia estructural.»
Cabe destacar que diversos
sectores sociales y de derechos humanos han alertado sobre el riesgo que representa esta reforma para periodistas, artistas, activistas y ciudadanía en general, en un estado donde la libertad de expresión ya enfrenta múltiples desafíos por el contexto de violencia.
La Suprema Corte deberá analizar la constitucionalidad de la reforma en los próximos meses. En tanto, organizaciones de la sociedad civil llaman a mantenerse informados y a defender el derecho a expresar, documentar y reflexionar libremente sobre la realidad que vive Michoacán.
La Asociación Michoacana de Periodistas (AMPAC), expresó en su momento su rechazo a la reciente ley de apología del delito aprobada por el Congreso de Michoacán. Consideraron que esta ley, que penaliza la promoción del delito, es una forma de censura encubierta y un peligroso precedente para la libertad de expresión y la labor periodística.
Detalles:
AMPAC y otros gremios periodísticos, así como colectivos feministas y activistas, han presentado amparos contra la reforma.
Argumentan que la ley podría utilizarse para silenciar voces críticas y criminalizar la labor periodística, especialmente al abordar temas relacionados con el crimen organizado.
Este retroceso legislativo representa un golpe directo a la libertad de expresión, colocando a periodistas en una situación de riesgo extremo: «Puedes hablar, pero si incomodas al poder, serás castigado.
La nueva ley convierte la labor periodística en un acto criminal si esta resulta incómoda para funcionarios, diputados o gobernantes, atentando contra uno de los pilares fundamentales de toda democracia: el derecho del pueblo a estar informado.
Con esa decisión legislativa, la libertad de expresión se viste de presidiario en Michoacán. La nueva redacción legal, ambigua e irresponsable, abre la puerta a la persecución judicial de periodistas que informan, investigan y denuncian hechos relacionados con la vida pública, la corrupción o el actuar de las autoridades.
Desde AMIPAC advirtió que esta ley representa un mecanismo de censura encubierta, que criminaliza la labor periodística y sienta un peligroso precedente: pretende imponer el silencio mediante el castigo. En lugar de proteger a los comunicadores, esta ley los pone entre la espada y la pared.
Recordamos que la libertad de expresión no es un privilegio, es un derecho constitucional y un pilar esencial de la democracia. Atentar contra ella es abrir la puerta al autoritarismo, a la impunidad y a la oscuridad informativa.
La censura disfrazada de legalidad no puede ni debe ser tolerada. Hoy es un periodista; mañana puede ser cualquier ciudadano que cuestione al poder.