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Sin Validez Remoción del Auditor (Columna «Coordenadas Políticas»)

  • Desacato del Congreso del Estado.
  • No Cumplió con Mandato Judicial.
  • Sin Validez Remoción del Auditor.

Columna «Coordenadas Políticas», Por Fernando Pérez Chávez (29-V-2023).- En forma arbitraria y con alevosía la LXXV Legislatura de Michoacán incurrió en desacato al no cumplir con el mandato judicial y lleva a cabo el jueves pasado la sesión en la que se destituyó a Miguel Angel Aguirre Abellaneda como Auditor Superior de Michoacán.

Sin embargo, la deliberación promovida por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla con los diputados de Morena y sus aliados no tiene validez, porque el juez séptimo de distrito, José Ramón Rocha en el juicio de amparo dictó la suspensión provisional previó a la sesión, a la votación y a la aplicación de la sanción.

Y es que de acuerdo con los expertos en derecho de amparo Las suspensiones provisionales, tienen efecto a partir del momento en que se firma, haya sido o no notificada la autoridad correspondiente y el juez séptimo de distrito fue muy específico al ordenar que, sin suspender el procedimiento de remoción, se abstuviera de ejecutarlo hasta después de la audiencia incidental programada para el dos de junio, pero no se obedeció.

En este orden de ideas en todas las suspensiones los jueces tienen una fórmula y prevén que, si la autoridad no quiere recibir la notificación, el actuario tiene fe pública para levantar una razón actuarial y certificar que estuvo en el lugar, el cual describe y que una persona que no se quiso identificar y no la quiso recibir porque ya no existe la obligación de que el actuario regrese, se notifica por instructivo, lo que quiere decir que surte efecto de inmediato.

Por otro lado, el hecho de que el Congreso del Estado no haya hecho lo que se le ordenó y de no suspender la medida cautelar, de oficio o a petición del demandante se puede solicitar el incidente de incumplimiento de suspensión, lo cual puede demorar de dos o tres semanas, pero no implica que juez no pueda continuar con el procedimiento de la suspensión.

Finalmente toda vez que el Poder Legislativo incurrió en una violación al desobedecer el mandato del juez, lo que procede es imponer una multa a todos los diputados, como medio de apremio, lo cual sencillamente se hace mediante una notificación al SAT para que un actuario pueda obtener el RFC y dar inicio a un procedimiento administrativo de ejecución en contra del Congreso del Estado.

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