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¿A que vino Osorio Chong? (Columna Política «Bajo la Lupa»)

*¿A QUÉ VINO OSOSRIO CHONG?
*LEGISLAR POR NUMERALIA, CÁNCER EN EL CONGRESO.

Columna Política «Bajo la Lupa», Por Armando Saavedra (06-XI-19).- Créanmelo, pero todavía no acabo de desmenuzar el entorno para encontrar las razones por las que se dio la visita a esta ciudad capital del hidalguense senador de la república MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, quien dio una “conferencia magistral” en el patio central del edificio que alberga la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, desarrollando el tema: “Retrospectiva, Avances y Retos a futuro de la legislatura de México”.

Senador de la república entronizado por el Partido Revolucionario Institucional, el ahora ex secretario de gobernación de la administración de ENRIQUE PEÑA NIETO, quien ha sido calificado como uno de los peores secretarios de gobernación en la historia de México, si no es que el peor, demolió el concepto de que el secretario de gobernación, era el fiel escudero del presidente de la república en turno y encargado de la política interna del país.

El ineficiente desempeño de MIGUEL ANGEL OSORIO fue tal, que nunca supo como contener la metralla política y mediática que caía sobre su jefe, jamás supo utilizar la fuerza del estado para demostrar que los culpables de Ayotzinapa eran otros, menos el presidente, tampoco nunca supo cómo demostrar que lo sucedido en San Pedro Limón municipio de Tlatlaya Guerrero, en el que fueron masacradas 22 personas a manos de soldados del ejército mexicano, no era responsabilidad de su jefe.

Es claro, que OSORIO CHONG no supo conducir la política interna del país, pues su pleito con LUIS VIDEGARAY le consumió el intelecto y el tiempo, de manera que nunca supo como inducir la responsabilidad de lo se ha llamado como “La estafa maestra”, cuyos autores tienen nombre y apellido, por el contrario, dejó que la vorágine mediática se llevara entre las patas a su jefe inmediato.

Y qué decir del socavón, cuyo responsable estaba muy a la vista por su proclividad a otorgar contratos a sus amigos, conocidos o recomendados, empero, MIGUEL OSORIO no tuvo la autoridad y si la tenía, no la supo utilizar, para que dichas responsabilidades se fincaran a quien correspondía, antes de que su jefe fuera el acusado en el tribunal de fuente ovejuna.

A gran parte de los militantes del Partido Revolucionario Institucional, les ha quedado claro, que MIGUEL OSORIO CHONG, es de los principales arquitectos de la debacle de su todavía partido político, que permitió, a pesar de ser el escudero del presidente, que lo golpearan y, en consecuencia, que su partido, el PRI, fuera arrastrado en esa corriente de lodo y estiércol, hasta verlo reducido a la tercera fuerza política en el poder legislativo, con 14 senadores y 47 diputados federales.

Este lunes, viene a Morelia, a discurrir ante la comunidad nicolaita, rodeado de lo más espurio y nefasto del priismo michoacano, de los que, como él, fueron arquitectos de la debacle tricolor en el estado, de los que fueron cómplices del nefasto virreinato para el desarrollo integral de Michoacán, de los que la 4T, les está desempolvando expedientes en la secretaría de agricultura, por oscuros desarrollos agropecuarios.

LEGISLAR POR NUMERALIA, CÁNCER EN EL CONGRESO.

En serio, hay diputados que saben muy bien que al final del año legislativo, tiene que presentar su famoso informe, en el que está obligados a detallar qué han hecho en beneficio de sus representados y es precisamente por ese motivo, que los hay que presentan iniciativas que tiene por objeto cambiar una coma, la redacción de un texto o de plano, los que se plagian iniciativas de otros congresos del país, el chiste es “legislar para informar”.

En la sesión de este miércoles 6 de noviembre, la diputada MARÍA TERESA MORA COVARRUBIAS, de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo, presentará una iniciativa de reforma de los artículos 61,62,64, 72 y 73 de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán.

En su exposición de motivos, la diputada petista señala que: “La presente reforma plantea insertar en la Ley las causas por las cuales se pueden remitir los vehículos al depósito, retomando cuestiones ya reguladas en la norma secundaria y enlistando los supuestos por los cuales se puede proceder de tal forma, así evitamos que los varios reglamentos de tránsito y vialidad, estatal y municipales, puedan contradecirse y ser violatorios de la garantía de seguridad jurídica de los michoacanos.”

Así las cosas, la legisladora propone que el artículo 61 de la citada ley, quede de la siguiente manera:
Artículo 61. Los vehículos retirados de la vía pública o asegurados, se depositarán en los lugares que dispongan las autoridades para ese fin, los gastos derivados de estas acciones serán cubiertos íntegramente por los propietarios, de acuerdo con las tarifas autorizadas por el Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, en la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán vigente, y enteradas en la Secretaria de Finanzas y Administración del Estado de Michoacán.

Sin embargo, a la diputada petista se le olvida precisar, que en caso de que los vehículos retirados de la vía pública o asegurados, sean arrastrados por una grúa particular y depositados en un corralón particular, se aplicarán a los presuntos infractores, las mismas tarifas que se establecen en el Ley de Ingresos del Estado, evitando con ello abusos y actos de corrupción de parte de los elementos de tránsito y de los propietarios de las grúas y corralones particulares.

En su propuesta la diputada MARÍA TERESA MORA, señala que el artículo 64 quedaría de la siguiente forma:

Artículo 64. Son causas de remisión de vehículos al depósito, las siguientes:

I. No cuenten con el holograma de verificación vehicular de emisiones contaminantes actualizado al año calendario en curso y no se pueda acreditar dicha verificación con el certificado de realizado, correspondiente; o teniendo la certificación, emitan humo ostensiblemente contaminante;

II. Sus placas de circulación no coincidan con la calcomanía permanente de circulación, o con los datos asentados en la tarjeta de circulación, o los datos del vehículo contenidos en la tarjeta de circulación y en las placas, no coincidan con los que aparecen en la base de datos de Control Vehicular;

III. Carecer de alguna de las dos placas o ambas placas, o tarjeta de circulación, o en su caso, el permiso respectivo;

IV. No porten placas de circulación, engomados u hologramas;

V. Se encuentren abandonados en las vías públicas del Estado o del municipio;

VI. Se encuentren estacionados en lugares prohibidos.
Cuando en el interior del vehículo, se encuentre persona responsable, que se niegue a la indicación del agente para moverlo, o en su caso, a descender del mismo, dicha persona será remitida a la autoridad competente.

Si a bordo del vehículo, se encontrare, persona menor de dieciocho años, mayor de sesenta y cinco años o con discapacidad, el vehículo no será remitido al depósito y el agente actuará conforme a lo dispuesto en este Reglamento.

En lo dispuesto en la fracción I de la Ley, es claro que la diputada no está enterada de que en Michoacán existen varias regiones en las que no existen centros de verificación y, por lo tanto, son inimputables de tal infracción los ciudadanos, obviando hacer esta aclaración en el citado párrafo, provocando con ello, actos de corrupción y extorsión de parte de los agentes de la autoridad.

Con relación a la fracción III de la citada Ley, la legisladora en cuestión, no contempla el caso de los vehículos que no portan una placa o las dos por extravío, lo que se demostraría con la copia simple de la denuncia interpuesta ante el agente del ministerio público, quedando con ello, inimputables de la infracción referida, pudiendo establecerse un lapso de tiempo para la vigencia de la denuncia ante el MP.

Igual debería suceder en el caso de no portar la calcomanía u holograma respectivo, en los casos en que por accidente, el o los cristales en donde se instalan dichos distintivos, fueron repuestos por uno distinto al original, perdiéndose tales calcomanía u hologramas, como queda señalado en la fracción II de la citada propuesta.

Finalmente, solo resta señalar, que el último párrafo del artículo 64 de la propuesta de reforma a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, fue plagiado de algún otro dispositivo legal, pues en el último renglón se aprecia el término “reglamento” y la reforma propuesta es como ya se apuntó a la LEY.

Estas pequeñas observaciones solo tienen como objetivo demostrar que algunos diputados hacen o proponen “iniciativas de reforma” sin la técnica y el razonamiento legislativo adecuado, lo hacen solo por contabilizar en su récord de productividad legislativa, una iniciativa más, aunque perjudique al ciudadano o se lo haya plagiado de otro dispositivo legal.

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