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Tangamandapio para el PRD: TEEM

Morelia, Mich., 31 de julio del 2015.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, revocó en sesión pública en esta fecha por mayoría de votos, la elección para el ayuntamiento en el municipio de Tangamandapio, Michoacán, asimismo las constancias de mayoría a los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México y determinó entregarlas al candidato postulado por los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Nueva Alianza.

El órgano colegiado resolvió anular las casillas 1909, contigua uno y dos de dicho municipio que consecuentemente modificó el cómputo de la elección, de esta manera quedó en primer lugar el instituto político que había obtenido el segundo lugar.

Los integrantes del pleno de igual manera confirmaron los resultados de ocho municipios del estado entre los que se encuentra, Ixtlán de los Hervores, Michoacán en donde los magistrados de acuerdo al estudio determinaron infundados los agravios expresados por el actor respecto al rebase de topes de campaña, por lo que se confirmó la elección de dicho ayuntamiento.  Por lo que ve a la elección para el ayuntamiento del municipio de Sixto Verduzco, respecto a la nulidad de la elección, los magistrados determinaron confirmar el acto impugnado, lo anterior porque las pruebas presentadas por el actor fueron insuficientes, asimismo, respecto al rebase de tope de gastos de campaña, la Unidad de Fiscalización del INE, no observó en su análisis dicho rebase.

En cuanto a la elección de diputado de mayoría relativa para el Distrito 19 de Tacámbaro, Michoacán, los magistrados confirmaron dicho distrito a favor de la planillas postuladas por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, debido a que las  pruebas presentadas por el partido actor con respecto a irregularidades en casillas fueron infundadas e inoperantes, asimismo en lo referente al rebase de tope de gastos de campaña, el INE no observó dicho rebase; en cuanto a la elección del ayuntamiento de del municipio de Jiménez, Michoacán, el Tribunal confirmó dicha elección a favor de la planilla postulada por el Partido de la Revolución Democrática, debido a que el actor no acreditó sus afirmaciones, ya que sólo ofreció pruebas técnicas, insuficientes y con respecto al rebase de tope de gastos de campaña, el INE no advirtió dicho rebase en su dictamen. En cuanto a la elección en el Ayuntamiento de Epitacio Huerta, igualmente se confirmó la votación a favor de los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Nueva Alianza, lo anterior debido a que las pruebas presentadas por el actor fueron infundadas e inoperantes.

En lo que se refiere a la elección para el Distrito 02 de Puruándiro Michoacán, el Tribunal confirmó dicha elección, para diputada local a favor del Partido de la Revolución Democrática, debido a que si bien es cierto se anularon tres casillas en dicha elección, éstas no modificaron el cómputo entre el primero y el segundo lugar, por lo que se confirmó el acto impugnado. Referente a la elección para el ayuntamiento del municipio de Múgica, Michoacán, los integrantes de este órgano jurisdiccional confirmaron la validez de la elección a favor del Partido de la Revolución Democrática, debido a que los agravios planteados por el promovente fueron infundados en lo que  refiere al rebase de topes de gastos de campaña así como a la supuesta compra de votos. Por último, en la elección para el ayuntamiento de Nuevo Parangaricutiro, Michoacán, los magistrados confirmaron la elección a favor de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, ya que las causales presentadas por el inconforme fueron insuficientes para impugnar dicha elección.

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