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Expone profesora de la Universidad Complutense de Madrid, la relación entre «prensa electrónica y derecho»


Morelia, Mich., 9 de julio del 2013.- La la profesora titular de Derecho de la Información de la Universidad Complutense de Madrid,  María Pilar Cousido González, impartió la conferencia «Prensa electrónica y Derecho» en la Biblioteca de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH).

La ponencia que responde a su experiencia profesional de los últimos tres años en los que trabajó en la asesoría jurídica de dos publicaciones periódicas electrónicas en Madrid, estuvo dirigida principalmente a emprendedores de agencias informativas, abordando temas como: responsabilidad informativa; medidas: convencionales mcs online, empresa informativa online y  nuevas publicaciones electrónicas; intimidad e imagen de menores de edad; propiedad intelectual e industrial; publicidad interactiva; contratación laboral en la redacción y condiciones generales de contratación.

Inicialmente abordó las medidas fundamentales que debe tener un medio de comunicación o algún producto informativo electrónico iniciando con el nombre de la agencia correspondiente, una numeración consecutiva, control de audiencia, número de depósito legal, inserción de información clasificada, mancheta o quiénes somos, número internacional de normalización de publicaciones periódicas (ISSN), precio o suscripción, entre otras.

Agregó que actualmente existe una tendencia  creciente encargada de regular los  medios a través de leyes que afectan a editores, servidores de hospedaje y a todos aquellos que radicando fuera llegue su información a un sitio con estas leyes, sin embargo el  principio clave es el de la libre prestación de servicios.

Asimismo existen diversos derechos y obligaciones  entre las que se encuentran principalmente colaborar con la administración pública para impedir la difusión propia o ajena de material ilícito, evitar publicidad electrónica, salvo con consentimiento expreso, informar precios de servicios, permitir visualizar, imprimir y archivar las condiciones generales de contratación, guiar en la contratación, confirmar la recepción de la suscripción que de no cumplirse puede tener  acciones judiciales contra la agencia que oferta los servicios.

De la misma manera es importante la inserción de los términos de uso o aviso legal, que debe estar basado en una ley y jurisdicción aplicable, medidas de  seguridad, existencia en su caso de números de teléfono caros, denominación social y formularios de fácil acceso, sin embargo las clausulas de  extensión de  responsabilidades en su mayoría son ilegales.

En lo que a la integridad e imagen de los menores de edad confiere, mencionó que quedan completamente prohibidas las publicaciones a menos que un mayor de edad otorgue un consentimiento previo (que se deberá conservar físicamente como prueba); si lo que se informa afecta al menor aunque tenga una autorización previa no deberá publicarse.

Es importante mencionar que el ministerio fiscal no tomará en cuenta protestas al respecto si un menor es fotografiado en el mundo infantil  y no afecta su vida personal como ejemplo: un pequeño esperando a los reyes magos o en un circo o parque recreativo.

De la misma manera trató  la propiedad intelectual de los videos, texto, bases de datos o hemerotecas y software propios que debe plasmarse en cada publicación así como el manejo de propiedades intelectuales ajena e interactivas.

Para la contratación laboral y las condiciones generales de contratación, refirió que deberá realizarse bajo las mismas condiciones que un periodista ordinario, es decir, que no trabaja dentro  de una redacción electrónica, sin embargo, lamentó que la brutal crisis económica en España ha provocado que los periodistas trabajen mañana, tarde y noche por lo que se ven sobre explotados con su labor poco remunerada.

Mencionó que todo el proceso corresponde a una responsabilidad en cascada en donde no hay ni cómplices ni encubridores ya que la responsabilidad recae en los autores, directores de publicación, editores e impresores incluyendo a los prestadores de hospedaje y todos los actores involucrados en una publicación electrónica ya que de no cumplir con las disposiciones correspondientes existe una penalización que puede ir desde los 30  y hasta los 600 mil dólares.

“Hay hasta 30 requisitos jurídicos distintos que se tienen que realizar para intentar desarrollar un proyecto digital, pero no debe descorazonarlos ni abrumarlos, por el contrario es muy interesante conocer de antemano qué es lo que tengo que hacer para que la publicación tenga la mejor consideración posible y pueda entrar en las mejores bases de datos”, concluyó.

Al término de la conferencia, el director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH, Damián Arévalo Orozco, otorgó un reconocimiento a quien fuera pilar en la creación de la Maestría en Derecho a la Información en la Casa de Hidalgo.

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